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Proyecto de
Ordenanza
Conmemoración del Centenario de Marcos Paz
Bloque de Ciudadanos Independientes
Concejal Manuel Sancho Miñano
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VISTO
La Ley Provincial Nº 898, dada en la Sala de Sesiones de la
Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, Proyecto
elevado a la misma y refrendado por el Sr. Gobernador de la Provincia
Ing. Luis F. Nougués, acompañado por sus Sres. Ministros
Dr. Manuel Cossio y el Dr. Julio López Mañán,
que fuera sancionada el 7 de diciembre de 1906 y promulgada el día
10 de diciembre de 1906 y:
CONSIDERANDO
Que en su At. 1º establece
“Autorizase la fundación de un pueblo sobre la avenida
“Mate de Luna” en los terrenos…”, etc. etc.,
donde hoy habitamos y transcurre nuestra vida diaria y la de nuestras
familias y, que fuera creado a solicitud de “un grupo considerable
de vecinos y personas de esta ciudad, que desean edificar hacia
esa parte… (Mensaje del P.E. a la H. Legislatura, 31.10.1906).
Que por Decreto del 27 de mayo de
1907 “queda designado el pueblo a que este Decreto se refiere
con el nombre de “Marcos Paz” (Art. 1º, Firmado
Luis F. Nougués, Julio López Mañán).
Que la Tradición lleva a
los pueblos a celebrar los centenarios y al hecerlo, las fechas
cobran especial significado. Cada siglo que transcurre implica la
consolidación de las ideas que originaron el acontecimiento
conmemorado.
Que aquellos visionarios que imaginaron
“Por lo demás, la elevación del paraje, su proximidad
a las sierras, la facilidad de dotarlo de aguas corrientes con fuentes
propias y la gran subdivisión de la propiedad en las zonas
adyacentes, aseguran al nuevo pueblo una vida y desarrollo cierto,
debido no sólo a la población de la Capital, que buscará
en él un punto fácilmente accesible, sino al comercio
y las industrias de la región que necesitan un centro de
población para concentrarse y crear el mercado de sus transacciones
diarias” – como así también expresaban
que – “Todas estas probables ventajas se alcanzarán
con la creación del nuevo pueblo en el límite mismo
del Municipio, hacia su parte más alta y sana y no está
distante el día en que, si el tranway se establece hasta
él como se proyecta, se caracterice como un barrio de la
ciudad misma, donde habitarán con más economía,
más holgura y mejor salud media, las prolíferas familias
del obrero y del empleado” (Mensaje del P.E. a la H. Legislatura,
31.10.1906) bien merecen ellos entonces la recordación y
el homenaje más elevado por sus sueños y sus logros
civilizadores, producto de su entrega pletórica de Espíritu
de Servicio y su veneración testimonial por el Bien Público.
Así también vale destacar su más profundo respeto
por el Paisaje, el Ambiente y la Calidad de Vida que supieron valorar
y legarnos. Sirvan pues ellos como los más dignísimos
ejemplos para estas nuestras generaciones, que no terminamos de
comprender que somos meros administradores de un legado que debemos
consolidar y enriquecer para las generaciones futuras y, no depredarlos
en aras del más crudo mercantilismo y bienestar pasajero,
tan ajenos a aquellos sueños de toda una generación
dirigente, perfectamente caracterizada e identificada como la Generación
del Centenario, de la que hoy gozamos sus frutos. Es por ello este
merecido homenaje y recordatorio surgido desde el seno de nuestro
HCD, para volver a soñar nuestra ciudad.
Por ello
El Honorable Concejo Deliberante de YERBA
BUENA
Sanciona con Fuerza de Ordenanza
Art. 1º: Dispónese el
Día 10 de Diciembre de 2006 como Día de Conmemoración
del Centenario de la Fundación de Marcos Paz.
Art. 2º: Créase la Comisión
Organizadora de los Festejos por la Conmemoración del Centenario
de la Fundación de Marcos Paz, que tendrá a su cargo
la organización de los actos conmemorativos de homenaje y
que estará integrada por el Sr. Intendente de nuestra Ciudad
y los Sres. Presidentes de los Bloques del HCD; así también
se invitará a participar a los Presidentes de cada uno de
los Centros Vecinales con Personería Jurídica; al
Sr. Cura Párroco de Marcos Paz; a los Sres. Directores de
los Colegios Educaciones Públicos y Privados y a los Sres.
Presidentes de los Clubes Deportivos radicados en nuestro Municipio;
la Cámara de Empresas de Comercio y Servicios y el Rotary
Club. Esta Comisión se reunirá a partir del 1º
de abril del corriente año en la Sala de Sesiones del HCD.
Art. 3º: El Departamento Ejecutivo
Municipal deberá disponer la suma de $50.000.= (Pesos Cincuenta
Mil) del Presupuesto Municipal vigente, que serán destinados
a sufragar los gastos que demandare la celebración y, a través
de las áreas correspondientes, efectuará los ajustes
necesarios a fin de dar cumplimiento a la presente disposición.
Art. 4º: De forma.
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